Malas noticias para el autónomo. El Tribunal Supremo ha dado la razón a la Agencia Tributaria y ha vetado que el trabajador por cuenta propia pueda deducirse por defecto el 100% del IVA cuando adquiere un vehículo nuevo. Contradice así una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana y se alinea con la tesis de la Agencia Tributaria, que había presentado un recurso de casación para salvaguardar su forma de proceder.

Furgoneta

 La legislación estatal establece que cuando el autónomo adquiere un vehículo nuevo podrá deducirse el 50% del IVA. Es una regla salomónica y que implica reconocer que un vehículo puede utilizarse para usos profesionales y personales y resulta muy difícil, por no decir imposible, controlarlo. Ello no significa que un autónomo no pueda deducirse el 100% del IVA, sin embargo, para hacerlo deberá demostrar ante Hacienda que el uso del automóvil es exclusivamente profesional, algo que actualmente es muy complicado.

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Fuente: El País, Cinco días