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Sirva la presente para recordarle la publicación del RD 293/2018, de 18 de mayo, sobre reducción del consumo de bolsas de plástico y por el que se crea el registro de productores, cuyo objeto es la disminución de dicho consumo de bolsas de plástico.
En virtud de esta normativa, a partir del 1 de julio de 2018 se deben cobrar todas las bolsas, excepto las siguientes:

  • Bolsas de plástico (bolsas de plástico muy ligeras) con un espesor inferior a 15 micras.
  • Para las que tengan un espesor igual o inferior a 50 micras y un porcentaje de plástico reciclado igual o superior al 70% en 2018. Se deberá disponer de la documentación necesaria que permita acreditar dicho porcentaje
  • Comerciantes dedicados a la venta minorista cuyos titulares estén dados de alta exclusivamente en alguno de los epígrafes de la agrupación 64 del I.A.E (frutas, verduras, carnes y sus derivados, pescados, acuicultura y pan, pastelería y productos lácteos), con excepción de los epígrafes comprendidos en los grupos 645, 646 y 647.
  • Las bolsas reutilizables y biodegradables

Recordarle que si no se encuentra entre las siguientes exenciones, debe informar a los consumidores a través de un cartel con los precios establecidos, exponiéndolos al público en un lugar visible e incluyendo una referencia al cumplimiento de las obligaciones.

Ejemplos de tiques de compra con inclusión del Impuesto de Bolsas de Plástico
La entrega de bolsas de plástico es una operación sujeta al Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A), por lo que debe incluirlo en los ingresos de su actividad. Esta operación no crea la obligación de entregar tique de venta, solo en los casos en que sea obligatoria su expedición, o sea solicitado por el cliente, el tique deberá contener información relativa al IBP.
Pinche aquí para acceder a un ejemplo de tique de venta con inclusión en el IBP

Forma de declarar el impuesto, tipo impositivo y cuota
Modelo 751 trimestral de la Junta de Andalucía y Modelo 752 de Resumen Anual.
Es obligatorio la presentación en los primeros 20 días naturales de cada trimestre, por vía telemática a través de la Oficina Virtual de la Agencia Tributaria de Andalucía, por lo que deberá indicarnos cuántas bolsas ha cobrado, para poder cumplimentar dicho modelo al finalizar cada trimestre.

La declaración anual comprensiva de todos los hechos imponibles realizados en el periodo impositivo (Modelo 752) debe presentarse por todos los establecimientos comerciales, aunque solo entreguen bolsas exentas, excepto los comerciantes en la agrupación 64 de I.A.E. con excepción de los establecimientos comprendidos en los grupos 645, 646 y 647 de I.A.E.

El tipo impositivo será de 5 céntimos de euro por cada bolsa de plástico de un solo uso suministrada.

Esperamos que le sea de utilidad esta información y cualquier duda o aclaración al respecto, estamos a su entera disposición.