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El Ayuntamiento de Málaga, a través del Área de Turismo, Promoción de la Ciudad y Captación de Inversiones y en coordinación con el Área de Comercio y Fomento de la Actividad Empresarial, ha presentado este el sello “Málaga, safe for you”, un distintivo con el que se identificará a los establecimientos que siguen los protocolos de seguridad higiénico-sanitaria que garantizan a malagueños y visitantes que Málaga es una ciudad segura.

¿Puede acreditar la caída de la actividad en un 75% en marzo? Varias mutuas colaboradoras de la Seguridad Social ya están pidiendo a los autónomos que solicitaron la prestación extraordinaria por cese de actividad la documentación que acredite la pérdida de facturación superior al 75% en el mes de marzo de 2020. De no hacerlo se insta a desistir de la prestación, devolviendo los importes percibidos, o al menos, a modificar la solicitud para que se tenga en cuenta la reducción de la facturación en el mes de abril y en consecuencia se reconozca la prestación a partir de entonces y no desde que se decretó el estado de alarma (14 de marzo de 2020).

Aunque el Ministerio de Trabajo cuantifica en un 2% los trabajadores afectados por ERTEs que no han cobrado la prestación, el Servicio Público de Empleo (Sepe) ha habilitado un buzón a través de la dirección de correo electrónico This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it. para dar respuesta a la avalancha de quejas de las personas que o no han cobrado todavía o han cobrado menos de lo que le correspondía.

Las empresas que se encuentren en esta situación o los asesores y gestores que estén autorizados para representarlas, habrán de tramitar estas reincorporaciones al trabajo y finalizaciones de ERTEs, básicamente ante los dos Órganos a que nos habíamos dirigido para su formalización: Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). 

Hemos recuperado trabajadores de un ERTE, la duda que se nos plantea a todos es cómo y a quién tenemos que comunicar los trabajadores afectados. Reincidimos nuevamente en recordar los pasos que nuestra empresa debe dar cuando reinicia su actividad durante este mes de mayo de 2020; Seguridad Social, SEPE y Autoridad Laboral son nuestras obligaciones.

El Gobierno ha anulado la suspensión de las obras en viviendas habitadas que se decretó el 12 de abril para evitar el riesgo de contagio por COVID-19 en edificios residenciales habitados. Desde este lunes e independientemente de la fase en la que se encuentre el territorio, podrán reanudarse las reformas, eso sí, garantizando las medidas de higiene y la distancia social de dos metros interpersonal.

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, podría derogar los aspectos más lesivos de la reforma laboral por Real Decreto-Ley antes de concluir el estado de alarma. Sin embargo, los especialistas en Derecho Laboral señalan aspectos que limitan la reforma.