El Tribunal Supremo ha cargado contra la comprobación masiva de la Agencia Tributaria de las dietas de los socios o administradores de las empresas que realizan, además, labores ejecutivas. El Supremo, en una sentencia de 18 de mayo de 2020, establece que estos directivos no están obligados a justificar sus gastos para acceder a la exención prevista en la normativa para estas retribuciones. El fallo recuerda que es la empresa la que debe acreditarlas.