Real Decreto 1075/2017, de 29 de diciembre, por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por el Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre.

Real Decreto 1074/2017, de 29 de diciembre, por el que se modifican elReglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Aprobación del RD Ley 20/2017, de 29 de diciembre, por el que se prorrogan y aprueban diversas medidas tributarias y otras medidas urgentes en materia social

Comienza la cuenta atrás para despedir el año 2017 y dar la bienvenida a 2018. En enero se concentra gran parte de las obligaciones fiscales del contribuyente que ejerce una actividad económica, obligaciones para las que es importante prepararse con cierta antelación. Solo así se podrá sortear esta doble cuesta de enero a la que tendrá que hacer frente el autónomo y salir airoso.

El Ministerio de Hacienda obligará a las plataformas de alquiler de viviendas de uso turístico, como Airbnb, HomeAway, Wimdu o Niumba, a enviar a la Agencia Tributaria a partir del próximo mes de julio la información relativa a los propietarios y los clientes, así como a presentar informes periódicos, con el objeto de que declaren "Con más detalle" su actividad, en el marco de la actuaciones que vienen realizando en los últimos años para reforzar la vigilancia sobre el alquiler vacacional.

Un informe elaborado por el Consejo General del Notariado señala que recuperar una deuda puede llevar tan sólo 20 días, en el caso de que la reclamación de la misma se haga ante un miembro del cuerpo notarial.

Cuando un profesional autónomo necesita contratar personal para su negocio, puede acceder a una serie de ayudas y/o bonificaciones concedidas por el Ministerio de Empleo.

La parálisis política supondrá un alivio momentáneo para los autónomos. Las bases de cotización estarán congeladas hasta que el Congreso de vía libre a las cuentas públicas para 2018.