El Tribunal Supremo se pronuncia, por primera vez, acerca de la relación que une a los riders (repartidores de comida a domicilio) con las plataformas digitales (en este caso, Glovo), determinando que concurren las notas definitorias de una relación de carácter laboral. Las plataformas digitales (entre ellas, Glovo, Uber o Deliveroo) han adoptado una posición central en la sociedad actual y, con ellas, la aparición de riders o repartidores de comida a domicilio es cada vez más frecuente.