Atendiendo a algunas cuestiones ya planteadas de cara a la cumplimentación del modelo 190 correspondiente al ejercicio 2020 (a presentar en enero de 2021), se considera oportuno dar traslado de las siguientes aclaraciones vía contestación de las siguientes preguntas, referentes a las prestaciones derivadas de un Erte y a la prestación extraordinaria por cese de actividad.