Estos documentos oficiales certifican ciertos hechos fiscales, que pueden servir a pymes y autónomos para ciertos trámites y gestiones. Los certificados tributarios para autónomos son documentos oficiales que emite la Agencia Tributaria, para acreditar ciertos hechos relacionados con la fiscalidad de los trabajadores por cuenta propia.  Los más comunes son: 


1. Certificado del IAE, que confirma los datos con los que se está dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas

2. El certificado de situación censal, que sirve para tener constancia de los datos en el censo como obligado tributario para profesionales, empresarios y retenedores

3. El de sujeto pasivo de IVA, para confirmar tal condición

4. El de Operadores Intracomunitarios, que certifica que un autónomo o pyme se encuentra dado de alta en el ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios). Certificando que se está autorizado por Hacienda para realizar operaciones en la Unión Europea, habiendo recibido para ello un número de validación de IVA para operar con otros países de la UE

5. El de importe neto de cifra de negocio

6. O el certificado de que se está exento de pagar Impuesto de Sociedades

También se pueden solicitar certificados tributarios a Hacienda para confirmar la presentación y datos sobre las Declaraciones del Impuesto de Sociedades, el IRPF o el IVA.

En el primero de los casos obtendremos un documento oficial que confirma el resultado de la declaración del Impuesto de Sociedades presentado por una corporación (modelo 200). En el segundo los datos de IRPF, para autónomos. Y por último una confirmación de los datos declarados a nivel de IVA, a solicitar tanto por autónomos como por pymes. Incluye en los tres casos la declaración o el importe de base imponible que corresponda al ejercicio solicitado.

Todos los citados son expedidos por Hacienda, quien avisa de que tienen una validez de doce meses desde su fecha de expedición. Y, lógicamente, siempre y cuando no se produzcan variaciones que determinan cambios en el hecho previamente certificado. Si se trata de obligaciones no periódicas la validez se reduce a tres meses.

¿Qué información contienen exactamente?

El principal contenido del certificado tributario será la cuestión a corroborar. Estará asociado a un titular, por lo que aparecerá el nombre y apellidos del mismo. O la Razón Social en el caso de ser una empresa, así que como el número de identificación fiscal correspondiente y su domicilio.

Para asegurar la veracidad del documento, el certificado tributario incluye un código seguro de verificación, así como el lugar y la fecha de emisión, y el órgano encargado de la expedición del mismo.

También puede ocurrir que el certificado informe de la inexistencia de la información que se ha solicitado. O la imposibilidad de confirmar la información por parte de Hacienda.

¿Se puede solicitar un certificado tributario online?

Sí. La web de la Agencia Tributaria permite solicitar este tipo de certificados en su sede electrónica. Para ello debes:

1. Hacer clic en ‘Accede directamente’

2. Clic en ‘Certificados tributarios’

3. Seleccionar el certificado que necesitas

4. Iniciar el proceso de identificación

Según informa la Agencia Tributaria en su página web, para tramitar la mayoría de estos documentos es necesario un certificado o DNI electrónico. Aunque se están implementando opciones de solicitud online únicamente con sistemas de firma electrónica como Cl@ve PIN, opción admitida para ciertas gestiones con la Administración.

Según esta misma fuente, también se puede pedir y descargar el certificado de IRPF únicamente con el número de móvil del interesado, mediante un código de verificación enviado por SMS, que permitirá descargar el certificado. Bajo esta modalidad también será posible obtener el certificado tributario de Operador Intracomunitario.

Si lo que el autónomo o pyme necesita es volver a descargar algún certificado anterior, deberá ir a ‘Consulta de certificados expedidos’.

Si no dispones de sistema Cl@ve ni certificado o DNI electrónico, puedes solicitar el certificado y recogerlo presencialmente en una Delegación de Hacienda. En este caso, debes solicitar cita previa y presentar el modelo 01 – ‘Solicitud de Certificados’.

Para solicitar esta cita la Administración Tributaria facilita dos números de teléfono: 901 200 351 o 91 290 13 40. También puedes hacerlo online en el apartado ‘Cita previa’, en la sede virtual de la agencia tributaria (sede.agenciatributaria.gob.es).

¿Qué pasa si no estoy conforme con la información que aparece en un certificado tributario?

El autónomo o pyme puede modificar la información que ha recibido de un certificado tributario, en el caso de que considere que los datos incluidos en el mismo no son correctos. Para ello, debes ponerte en contacto con la Agencia Tributaria, por escrito, mostrando tu disconformidad y solicitando la modificación de los datos en cuestión.

También tendrás que adjuntar la información que justifique dicho cambio, para que el organismo fiscal lo revise y corrija, en el caso de que considere la prueba como válida. Ten en cuenta que tienes diez días para plantear la cuestión, desde el momento en el que se expida el certificado.


APTTA. Servicio de Información Actualizada (No vinculante)
Fuente: Cinco Días. El País Economía.